Sentencia N° 373 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de marzo de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 0373, Exp. 07-1737, 19/03/2009
Expediente07-1737
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2009-03-19
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 19 de marzo de 2009, homologó una transacción entre el demandante JOSÉ LUIS RAMÓN GASCON ORTEGA y la empresa SAP ANDINA Y DEL CARIBE, C.A., en la cual se acordó el pago de un millón novecientos mil bolívares como finiquito total de las pretensiones del juicio. La homologación se realizó tras verificar el cumplimiento de los requisitos legales establecidos en la Ley Orgánica del Trabajo y su reglamento. La Sala destacó que la transacción fue realizada con la debida asistencia de abogado y que las partes actuaron de manera voluntaria, lo que permitió otorgar efectos de cosa juzgada al acuerdo transaccional. Asimismo, se ordenó al juzgado de primera instancia realizar los trámites necesarios para el archivo del expediente, enfatizando que no existía condenatoria en costas para las partes. Finalmente, se acordó expedir copias certificadas del escrito de transacción y del auto homologatorio, asegurando así la formalización del acuerdo alcanzado entre las partes.

Extracto de la motiva

Examinados los términos de la transacción, se evidencia que la demandante actuó con la asistencia debida de abogado, cumpliéndose con la garantía constitucional de asistencia debida en el proceso, como en la manifestación escrita del acuerdo, actuó en forma voluntaria y sin constreñimiento alguno y, que el escrito presentado por ante esta Sala en la fecha mencionada, se encuentra debidamente circunstanciado en cuanto a la motivación de la transacción y derechos comprendidos, por lo que se acuerda concederle la homologación a la manifestación de voluntad presentada por las partes en este caso y el pase en autoridad de cosa juzgada. Así se decide.

Dispositiva

1º) HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano JOSÉ LUIS RAMÓN GASCON ORTEGA y la sociedad mercantil SAP ANDINA Y DEL CARIBE, C.A., en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada 2º) ORDENA al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que resulte competente, realice los trámites procesales correspondientes para el archivo del presente expediente.

Palabras clave

homologacióntransacciónprestaciones socialescosa juzgada

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