Sentencia N° 372 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de abril de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 0372, Exp. 08-023, 01/04/2008
Expediente08-023
PonenteLuis E. Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2008-04-01
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la admisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior Quinto del Trabajo. La Sala consideró que el recurso era admisible, ya que se cumplían los requisitos técnicos-formales establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se analizó la controversia sobre el salario normal e integral y la corrección monetaria, concluyendo que la decisión del juzgador de Alzada contravenía la doctrina de la Sala.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público y/o resulten contrarias a la reiterada doctrina de esta Sala, ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que sea publicada la sentencia sujeta a revisión, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En ese orden, verificado el cumplimiento de los requisitos técnicos-formales señalados supra, pasa esta Sala de Casación Social a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad, y al respecto observa: En el presente caso, la demandada sostiene que el sentenciador de la recurrida estableció “de manera infundada” el salario normal e integral alegado en el escrito libelar, después de afirmar que la demandada tenía la carga de la prueba sin que lograra demostrar lo aducido en la contestación de la demanda en cuanto a la variabilidad del salario. En este sentido, señala que el juzgador no aplicó el salario normal e integral probado en autos –sino el alegado por el actor– puesto que, según denuncia, no valoró la prueba testimonial y la relación de pago de nómina promovidas por la accionada, al desecharlas infundadamente, pese a que el juez a quo sí las valoró.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ADMITE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 14 de noviembre de 2007, emanada del Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia. En consecuencia, a partir de la publicación del presente auto comenzará a correr un lapso de veinte (20) días calendarios consecutivos, para que la otra parte consigne su contestación al recurso. Una vez concluida la sustanciación, la Sala fijará el día y la hora para que tenga lugar la audiencia oral, pública y contradictoria. Publíquese y regístrese. Dese cuenta en Sala.
Palabras clave
control de la legalidadprestaciones socialessalario normalcorrección monetariaadmisibilidadjuzgado superiortrabajorecurso