Sentencia N° 370 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de marzo de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 0370, Exp. 12-1430, 28/03/2014
Expediente12-1430
PonenteCARMEN ESTHER GÓMEZ CABRERA
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2014-03-28
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de control de legalidad interpuesto por la ciudadana Vilma Alemán, anulando la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo que había declarado la prescripción de la acción. Se establece que la notificación a las codemandadas fue realizada dentro del lapso legal, interrumpiendo así la prescripción. La Sala concluye que la decisión impugnada vulnera normas de orden público, por lo que se ordena la nulidad de la misma y se declara parcialmente con lugar la demanda de la actora contra las empresas demandadas.
Extracto de la motiva
Atendiendo a las denuncias formuladas en el presente recurso de control de legalidad, se observa que la recurrida estableció en cuanto a la defensa de prescripción, lo que se transcribe: “(…) resulta un hecho admitido que la relación de trabajo habida entre las partes finalizó en fecha 20 de diciembre de 2008, por lo que debe entenderse que el tracto de prescripción se inicia el 21 de diciembre de 2008 y finaliza el 20 de diciembre de 2009, al mismo tiempo debe adicionársele los dos meses para interrumpir la prescripción por vía de la notificación judicial de las co demandadas, por lo que el tracto únicamente para tales fines se entiende extendido hasta el 20 de febrero de 2010. La demanda fue presentada el 27 de noviembre de 2009, … luego de ello en fecha 18 de diciembre de 2009, … [la] registra por ante la Oficina de Registro Público del Municipio Bolívar del estado Anzoátegui tal y como consta del instrumento público que fue aportado a los autos al cual se le otorga pleno valor probatorio, … se establece un nuevo tracto prescriptivo que se inicia el 19 de diciembre de 2009 y finaliza el 18 de diciembre de 2010 y al cual también debe adicionársele los dos meses para interrumpir la prescripción mediante la notificación judicial de las co demandadas, por lo que se extiende para esos solos fines hasta el 18 de febrero de 2011. (Omissis) Luego de múltiples diligencias infructuosas para lograr la notificación de la demandada principal … [el cartel de notificación] fue publicado en fecha 18 de enero de 2011 y consignado a los autos en fecha 2 de febrero de 2011; es decir que tal publicación alcanzo (Sic) a interrumpir en principio la prescripción de la acción. Ahora bien en cuanto a la co demandada GRUPO ELIMAR, C.A., consta de los autos que la misma fue notificada mediante cartel fijado en su domicilio, en fecha 21 de marzo de 2011. … entre la publicación del cartel de notificación respecto de la demandada principal INDUSTRIAS DE PASAPALOS MISTER TEQUEÑO, C.A., … y la notificación de la co demandada GRUPO ELIMAR, C.A.; existe un periodo (Sic) de tiempo que supera los sesenta (60) días a que se contrae el contenido del artículo 228 del Código de procedimiento Civil … no obstante a ello, yerra [el a quo] al establecer que el lapso de sesenta (60) días finaliza el 19 de marzo (día sábado) y por tanto extiende el lapso al lunes 21 de marzo fecha en la cual se práctica efectivamente la notificación, considerando...
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de control de legalidad interpuesto por la ciudadana Vilma Alemán, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 197 de la Ley orgánica Procesal del Trabajo. SEGUNDO: NULA la sentencia de fecha 13 de agosto del año 2012, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana Vilma Alemán contra las sociedades de comercio Industrias de Pasapalos Mister Tequeño, C.A. y Grupo Elimar, C.A. CUARTO: SIN LUGAR la falta de cualidad.
Palabras clave
control de legalidadprescripciónnotificaciónrelación laboralprestaciones sociales