Sentencia N° 37 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de febrero de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 0037, Exp. 11-1466, 02/02/2012
Expediente11-1466
PonenteAlfonso Valbuena Cordero
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2012-02-02
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo. La Sala analizó los requisitos de admisibilidad del recurso y concluyó que no se ajustaba a derecho, ya que no vulneraba normas de orden público laboral.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece los requisitos de admisibilidad del recurso de control de la legalidad, a saber: El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. Verificado en el presente caso el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad antes transcritos, pasa esta Sala a conocer el escrito contentivo de este medio de impugnación excepcional en los siguientes términos: Alega la parte recurrente, que el sentenciador de alzada vulneró lo previsto en los artículos 55 y 56 de la Ley Orgánica del Trabajo y 50 y 51 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, al ratificar la sentencia de instancia y considerar válido el desistimiento parcial en un litisconsorcio pasivo necesario que hicieran los demandantes en fecha 14 de junio del año 2010, por cuanto le fue imposible citar al co-demandado Enrique de Andres Vallejo, pues falleció el 19 de enero del año 2009.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia de fecha 25 de octubre del año 2011, emanada del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

control de la legalidadinadmisibilidadprestaciones sociales

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