Sentencia N° 368 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de marzo de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 0368, Exp. 11-664, 28/03/2014
Expediente11-664
PonenteLUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-03-28
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por el Magistrado Luis Eduardo Franceschi Gutiérrez, decidió el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, WEATHERFORD LATIN AMERICA, S.A., contra la sentencia del Juzgado Superior Tercero del Trabajo del Estado Zulia. La decisión de la Sala fue SIN LUGAR, confirmando la sentencia recurrida que había declarado el despido del demandante, REMMY ISAAC MENCIAS AMAYA, como injustificado y ordenando el pago de las indemnizaciones correspondientes.

Extracto de la motiva

La anterior denuncia está referida al vicio de suposición falsa en que supuestamente incurrió el juez de alzada, “al haber dado por probado un hecho que está rebatido o contradicho expresamente por una prueba cursante en el expediente mismo”. Ahora bien, con respecto a este vicio la Sala se ha pronunciado en numerosos fallos, indicando que la suposición falsa tiene que referirse forzosamente a un hecho positivo y concreto que el juez establece falsa e inexactamente en su sentencia, a causa de un error de percepción, porque no existen las menciones que equivocadamente atribuyó a un acta del expediente, no existen las pruebas sobre las cuales se fundamenta el sentenciador, o éstas resultan desvirtuadas por otras actas o instrumentos del expediente. El mencionado vicio de suposición falsa, en cualquiera de sus tres sub hipótesis, sólo puede cometerse en relación con un hecho establecido en el fallo, quedando fuera del concepto de suposición falsa las conclusiones del juez con respecto a las consecuencias jurídicas del hecho, porque en tal hipótesis se trataría de una conclusión de orden intelectual, que aunque errónea, no configuraría lo que la ley y la doctrina entienden por suposición falsa.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas, de 12 de abril 2011; SEGUNDO: CONFIRMA la sentencia recurrida. Se condena en costas del recurso a la parte demandada recurrente, de conformidad con lo establecido en los artículos 59 y 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

despido injustificadorecurso de casaciónindemnizacióncarga de la prueba

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