Sentencia N° 363 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de abril de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 0363, Exp. 14-1071, 14/04/2016
Expediente14-1071
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-04-14
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Marjorie Calderón Guerrero, decidió el recurso de casación interpuesto por los demandantes contra la decisión del Juzgado Segundo Superior del Trabajo, que había declarado sin lugar el recurso de apelación y la demanda. La Sala analizó las pruebas presentadas y determinó que la parte demandada, ARPITEX C.A., logró desvirtuar la presunción de laboralidad, estableciendo que los demandantes actuaban como representantes de sociedades mercantiles y no como trabajadores subordinados.
Extracto de la motiva
La inmotivación por silencio de pruebas se configura cuando el Juez omite cualquier mención sobre una prueba promovida y evacuada por las partes, y cuando, a pesar de haber mencionado su promoción y evacuación se abstiene de analizar su contenido y señalar el valor que le confiere o las razones para desestimarla, siendo necesario, además, que las pruebas silenciadas sean determinantes para la resolución de la controversia, pues por aplicación del principio finalista y para evitar reposiciones inútiles, no se declarará la nulidad de la sentencia recurrida si la deficiencia concreta que la afecta no impide determinar el alcance subjetivo u objetivo de la cosa juzgada, o no hace imposible su eventual ejecución. En el caso de autos, el formalizante, por una parte, aduce que la recurrida silenció todas las pruebas evacuadas en el proceso y, por otra, señala que le otorgó valor probatorio a unas y se lo negó a otras, lo cual es contradictorio, pues si las analizó para darle valor probatorio a unas y desechar otras, quiere decir que no incurrió en silencio de pruebas. Ahora, examinada la sentencia impugnada, aprecia la Sala que el Sentenciador analizó pormenorizadamente cada una de las pruebas evacuadas, expresando en cada caso las razones de su valoración.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR el recurso de casación propuesto por la parte actora contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, publicada el 12 de junio de 2014. En consecuencia, se confirma el fallo recurrido. Se condena en costas a la parte actora recurrente.
Palabras clave
casaciónrelación laboralpresunción de laboralidadpruebasdecisión