Sentencia N° 363 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de abril de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 0363, Exp. 07-1998, 01/04/2008
Expediente07-1998
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2008-04-01
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 1 de abril de 2008, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, RODRIMA, C.A., contra el fallo del Juzgado Quinto Superior del Trabajo. La decisión se fundamenta en que la sentencia recurrida se ajusta a derecho y no incurre en violaciones de orden público laboral. Se destaca que el recurso de control de la legalidad es un medio excepcional que requiere cumplir con ciertas exigencias para su admisibilidad.
Extracto de la motiva
El recurso de control de la legalidad es un medio de impugnación excepcional, por tanto, deben cumplirse a los fines de asegurar su admisibilidad, con las exigencias enunciadas en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, a saber: 1) Que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales; 2) que éstas no sean impugnables en casación; 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal y/o 4) que resulten contrarias a la jurisprudencia reiterada de esta Sala de Casación Social. Denuncia la violación de los artículos 108, 174, 219 y 223 de la Ley Orgánica del Trabajo, explicando para ello, que para que el trabajador tenga derecho a vacaciones cumplidas, bono vacacional, utilidades y prestación de servicios por antigüedad, debe trabajar de forma ininterrumpida durante un año para que le nazca el derecho. Que en el caso de marras, las pocas veces que la parte actora cumplió funciones de trabajo fue con sus clientes personales que en un día determinado de la semana se ponían de acuerdo para hacerle servicios de quiropedia, y que por este servicio en ciertas y determinadas fechas, le cancelaba a la empresa un pago de arrendamiento. Así pues, una vez analizado exhaustivamente el asunto planteado por la parte recurrente y la sentencia impugnada, esta Sala de Casación Social considera que la sentencia recurrida se encuentra ajustada a derecho y no incurre en las violaciones de orden público que se le imputan, lo cual trae como efecto inmediato la declaratoria de inadmisibilidad del presente recurso de control de la legalidad interpuesto.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandada contra el fallo emitido por el Juzgado Quinto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 20 de septiembre de 2007. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines consiguientes. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, todo de conformidad con el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
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