Sentencia N° 36 — Sala de Casación Social del TSJ, 5 de marzo de 2013

TSJ/SCS, Sent. N° 0036, Exp. 10-1299, 05/03/2013
Expediente10-1299
PonenteSONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2013-03-05
DecisiónSin Lugar

Resumen

En esta sentencia, el Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, declara sin lugar el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Henry José Macho Montilla contra la decisión del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de Anzoátegui. La Sala analizó las denuncias presentadas por el recurrente, las cuales se centraron en la falta de aplicación de normas laborales y la contradicción en la motivación de la sentencia recurrida. La Sala concluyó que no hubo falta de aplicación de las normas denunciadas y que la decisión del tribunal inferior fue correcta al no encontrar pruebas suficientes que justificaran las pretensiones del demandante.

Extracto de la motiva

La Sala para decidir observa: De acuerdo con los términos en que se presenta la denuncia, advierte la Sala que lo querido denunciar por el recurrente es la falta de aplicación del artículo 68 de la Ley Orgánica de Tribunales y de Procedimiento del Trabajo, y así será resuelto. Según reiterada doctrina de la Sala, la falta de aplicación de una norma, se presenta cuando el sentenciador para la resolución del caso concreto deja de aplicar una norma que esté vigente. En el caso concreto, de acuerdo con la audiencia de apelación, la parte actora, única apelante, circunscribió el objeto de la apelación a los siguientes aspectos: 1) La improcedencia de las indemnizaciones derivadas de la enfermedad ocupacional padecida por el actor, a pesar de que existen pruebas en autos que demuestran la enfermedad; 2) El régimen jurídico aplicable al actor el cual, alega, debe ser el contenido en la Convención Colectiva de la Industria Petrolera; 3) Las horas extras demandadas, porque no se hizo un análisis preciso de las pruebas testimonial y de posiciones juradas; y, 4) El valor probatorio otorgado a las posiciones juradas las cuales, a su decir, no se adminicularon con otras probanzas que cursan en autos. De acuerdo con la sentencia recurrida, la Alzada decidió todos y cada uno de los asuntos planteados, conforme a lo alegado y probado en autos.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte actora, contra la sentencia dictada el 3 de junio de 2010, por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui. Se condena a la parte actora en las costas del recurso, de conformidad con lo previsto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

convención colectivatrabajojurisprudenciailogicidadcontradicciónderechos laboralescostumbre laboral

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca