Sentencia N° 36 — Sala de Casación Social del TSJ, 5 de febrero de 2002

TSJ/SCS, Sent. N° 36, Exp. 01-806, 05/02/2002
Expediente01-806
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2002-02-05
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por la parte demandada en un juicio de calificación de despido. La sentencia del Juzgado Superior había declarado inadmisible el recurso de casación, basándose en que la Ley Orgánica del Trabajo establece que de la decisión del Tribunal Superior en materia de calificación de despido no se concede recurso de casación. La Sala confirmó esta decisión, argumentando que el procedimiento de calificación de despido no es susceptible de revisión en casación.

Extracto de la motiva

Ahora bien, como es evidente que se trata de una decisión que se originó con ocasión de un procedimiento de calificación de despido, es necesario mencionar lo que al respecto la Ley Orgánica del Trabajo dispone: “Artículo 123: De la decisión del Tribunal Superior del Trabajo en materia de calificación de despido no se concederá el recurso de casación.” En este sentido, la Sala de Casación Social estableció, en sentencia N° 37 de fecha 12 de abril de 2000, en cuanto a la admisibilidad del recurso de casación en este tipo de juicios, lo siguiente: “Se observa que la decisión recurrida ha sido dictada en el curso de un procedimiento de calificación de despido y según lo previsto en el artículo 123 de la Ley Orgánica del Trabajo, de la decisión del Tribunal Superior en materia de calificación de despido no se conocerá el recurso de casación. Razones de índole procesal respaldan el criterio del legislador de consagrar la no admisibilidad del recurso de casación en el procedimiento de calificación de despido. Al efecto, las características del procedimiento señalado en el capítulo VII de la Ley Orgánica del Trabajo, desde el artículo 116 hasta el artículo 127 ejusdem.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de hecho propuesto por la parte actora contra el auto de fecha 20 de noviembre de 2001, dictado por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Coro, denegatorio, a su vez, del recurso de casación anunciado contra la sentencia dictada por el mismo Tribunal en fecha 11 de julio de 2001.

Palabras clave

calificacion de despidorecurso de casaciontrabajoinadmisionsentenciaprocedimiento laboralLey Organica del Trabajo

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