Sentencia N° 359 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de marzo de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 0359, Exp. 08-1474, 19/03/2009
Expediente08-1474
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2009-03-19
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de legalidad interpuesto por Oscar Antonio Olivares contra la sentencia del Juzgado Quinto Superior del Trabajo. La decisión del juzgado de origen había declarado con lugar el recurso de apelación de la parte demandada, revocando el fallo inicial que había favorecido al demandante. La Sala argumentó que la recurrida no incurrió en violaciones de normas de orden público ni de la jurisprudencia, y que la decisión se basó en las pruebas presentadas en la audiencia preliminar. Se destacó que la admisibilidad del recurso está restringida a situaciones donde se altere la legalidad del proceso, lo cual no ocurrió en este caso. Finalmente, se declaró inadmisible el recurso de control de legalidad, sin condenatoria en costas, y se ordenó la remisión del expediente al juzgado de origen.

Extracto de la motiva

Esta Sala de Casación Social en decisión de fecha 12 de diciembre de 2002, expresó que aun cuando los requisitos de admisibilidad se cumplan “corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal Laboral, la admisibilidad de dicho recurso, cuando se hallen violentadas o amenazadas disposiciones de orden público o la jurisprudencia reiterada de la Sala”. Por tanto, se refiere la Sala a que la admisibilidad del recurso se restringe a situaciones donde la violación o amenaza son de tal entidad, que resulte alterada la legalidad de la decisión o proceso sujeto a revisión. De allí, que se trate entonces, de violaciones categóricas del orden legal establecido, que en definitiva, transgredirían el Estado de Derecho, o de aquellas decisiones que contravengan la reiterada doctrina jurisprudencial de esta Sala de Casación Social, pues, ésta se contrae fundamentalmente entre otras, a preservar la uniformidad de la jurisprudencia laboral. En el caso sub examine denuncia el recurrente que la recurrida violó normas de orden público, concretamente el artículo 216 de la Ley Orgánica del Trabajo y la jurisprudencia establecida por la Sala en materia de confesión relativa, cuando la demandada no asiste a una de las prórrogas de la audiencia preliminar.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora contra la sentencia publicada el 9 de julio de 2008, dictada por el Juzgado Quinto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.

Palabras clave

recursotrabajojurisprudenciaorden públicoadmisibilidad

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