Sentencia N° 353 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de abril de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 0353, Exp. 14-1538, 13/04/2016
Expediente14-1538
PonenteJESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-04-13
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 13 de abril de 2016, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, BAYER, S.A., contra el fallo del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de Lara. La controversia se centró en la correcta aplicación de la carga de la prueba respecto a las comisiones adeudadas al trabajador, JORGE RAFAEL ALVARADO RAMOS, quien reclamaba diferencias salariales por comisiones retenidas. La Sala determinó que la parte demandada no logró demostrar el cumplimiento de sus obligaciones salariales conforme a la normativa laboral vigente.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el vicio de falsa aplicación consiste en una incorrecta elección de la norma jurídica aplicable, lo cual se traduce normalmente en una preterición y omisión de la norma jurídica que debió ser aplicada. Por su parte, los artículos 72 y 135 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establecen que la carga de la prueba corresponde a quien afirme hechos que configuren su pretensión o a quien los contradiga alegando nuevos hechos. Por tanto, la parte demandada en su escrito de contestación deberá establecer los hechos que admite como ciertos y cuáles rechaza con su debida fundamentación y se tendrán por admitidos aquellos hechos invocados en la demanda, sobre los que no se hubiere hecho la requerida determinación ni aparecieren desvirtuados por ninguno de los elementos del proceso; normativa que a entender de la demandada recurrente fue infringida por el juez de alzada al distribuir la carga de la prueba vistos los términos del contradictorio y ordenar el pago de comisiones retenidas; por lo que esta Sala pasa a resolver si el ad quem incurrió en el yerro que le endilga la recurrente al haber condenado dicho concepto.

Dispositiva

PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, contra el fallo proferido por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 23 de octubre de 2014; SEGUNDO: CONFIRMA el fallo recurrido que declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda.

Palabras clave

casaciónprestaciones socialescarga de la pruebacomisionesdiferencias salariales

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