Sentencia N° 348 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de abril de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 0348, Exp. 07-1302, 01/04/2008
Expediente07-1302
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2008-04-01
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del TSJ, presidida por el Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz, se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por la parte demandada, GRUPO H.H.S., contra una decisión del Juzgado Tercero Superior Transitorio del Trabajo que había declarado parcialmente con lugar la demanda de la actora, NEXI DEL CARMEN RODRÍGUEZ, por cobro de prestaciones sociales. La Sala confirmó la decisión de la Alzada, argumentando que la demandada no logró desvirtuar la presunción de la relación laboral y que la carga de la prueba recaía sobre ella, dado que negó el despido injustificado de la actora.
Extracto de la motiva
La demandada en su contestación, niega la existencia de una relación de naturaleza laboral, alegando expresamente que las partes estuvieron unidas a través de una relación mercantil, específicamente, por una “asociación en participación”, regulada por los artículos 359 y 364 del Código de Comercio. La Alzada, en cuanto a la carga de la prueba, señaló que, dado que la demandada reconoció la existencia de servicios personales por parte de la actora, opera, en el presente caso, la presunción de la relación de trabajo contemplada en el artículo 65 de la Ley orgánica del Trabajo, en tal sentido, corresponde a la demandada probar el hecho nuevo alegado por ésta en cuanto a la existencia entre las partes de una asociación de participación, en la que la actora podía contratar y despedir personal, así como participar de las ganancias y perdidas de la empresa. Así pues, se declara sin lugar la denuncia planteada y en consecuencia, sin lugar el recurso de casación ejercido por la demandada en la presente causa, quedando así confirmada la decisión impugnada.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la decisión proferida por el Juzgado Tercero Superior Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 28 de mayo de 2007, en consecuencia, SE CONFIRMA el fallo recurrido. Se condena en costas a la parte recurrente, de conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
despido injustificadocarga de la pruebarelación laboralindemnizaciónLey Orgánica Procesal del Trabajoasociación en participaciónprestaciones sociales