Sentencia N° 345 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de marzo de 2006

TSJ/SCS, Sent. N° 0345, Exp. 05-571, 09/03/2006
Expediente05-571
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2006-03-09
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por los demandantes, quienes reclamaban diferencias en prestaciones sociales e indemnización por acción antisindical. La Sala anuló el fallo de la alzada que había declarado sin lugar la demanda, argumentando que la aclaratoria emitida por el juez superior modificó indebidamente el dispositivo de la sentencia anterior, transgrediendo principios procesales y violentando la cosa juzgada.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la aclaratoria proferida el 15 de marzo de 2005, en su parte pertinente, expuso: De la revisión de las actas procesales se evidencia la improcedencia del pago de la indemnización por despido injustificado, ya que quedó probado en autos que la causa de terminación de la relación laboral es la renuncia voluntaria de los trabajadores, y que este Tribunal por error involuntario calculó erróneamente estas prestaciones sociales dobles, por lo que esta alzada CORRIGE el texto de la sentencia en relación a este punto, sin calcular doble sino sencillas las cantidades condenadas por antigüedad en el texto de la sentencia según se señala más adelante y así se decide. En cuanto a la corrección del salario integral solicitada esta alzada observa que los cálculos se hicieron de acuerdo a los salarios de Bs. 409, Bs. 501,01; Bs. 444, 543,89; Bs., 364 y Bs. 445,89 de acuerdo a lo probado en autos, adicionándole las alícuotas de utilidades y vacaciones señaladas en el texto de la sentencia conforme a lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica del Trabajo, por lo que se declara IMPROCEDENTE la solicitud en este sentido y se CONFIRMA los montos de los salarios antes señalados.

Dispositiva

En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1 CON LUGAR el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante, 2 ANULA el fallo recurrido, y 3 PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA de cobro de diferencia de prestaciones sociales, indemnización del daño derivado de la “acción antisindical proveniente de la representación patronal” y otros conceptos laborales, interpuesta por los ciudadanos Teresa Magdalena Coa Padilla, José Ismael Torrealba y Rómulo José Rivas, contra la sociedad mercantil Industrias Rotoplast de Venezuela, C.A.

Palabras clave

prestaciones socialesindemnizaciónacción antisindicalcobro de diferenciasrenuncia laboralcontrol de la legalidadprincipios procesales

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