Sentencia N° 341 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de abril de 2010

TSJ/SCS, Sent. N° 0341, Exp. 08-1960, 13/04/2010
Expediente08-1960
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2010-04-13
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara con lugar el recurso de casación interpuesto por el ciudadano JESÚS ANTONIO DÍAZ SERNA contra la sentencia del Juzgado Quinto Superior del Circuito Judicial del Trabajo. Se anula el fallo recurrido y se decide parcialmente con lugar la demanda, reconociendo la naturaleza laboral del vínculo entre el demandante y el Consulado General de Colombia en Caracas. La decisión se fundamenta en la incorrecta interpretación del juez de alzada respecto a la relación laboral y la valoración de las pruebas presentadas.

Extracto de la motiva

Constituye criterio reiterado que el error de interpretación de la ley ocurre cuando el juez aun reconociendo la existencia y validez de la norma que ha seleccionado apropiadamente, yerra en la determinación de su verdadero alcance general y abstracto, haciéndose derivar de ella consecuencias que no resultan de su contenido. Por su parte, el artículo 82 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece que la parte que pretenda servirse de un instrumento que se halle en poder del adversario podrá promover su exhibición, para lo cual deberá acompañar copia del documento, salvo que se trate de aquellos documentos que por mandato legal debe llevar el empleador, en que bastará que solicite su exhibición. En caso de que el instrumento no fuere exhibido en el lapso indicado, y no apareciere de autos prueba alguna de no hallarse en poder del adversario, se tendrá como exacto el texto del documento, tal como aparece de la copia presentada por el solicitante y, en defecto de éste, se tendrán como ciertos los datos afirmados por el solicitante acerca del contenido del documento.

Dispositiva

En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandante Jesús Antonio Díaz Serna, contra la sentencia proferida por el Juzgado Quinto Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 31 de octubre de 2008; 2) ANULA el fallo recurrido; 3) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda.

Palabras clave

casaciónlaboralprestaciones socialesrelación laboralConsulado General de Colombia

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