Sentencia N° 34 — Sala de Casación Social del TSJ, 23 de enero de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 0034, Exp. 13-1628, 23/01/2014
Expediente13-1628
PonenteCarmen Esther Gómez Cabrera
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2014-01-23
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, Unión Stereo, C.A., contra una sentencia dictada por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo del estado Zulia. La Sala determinó que la sentencia recurrida se ajustaba a derecho y no vulneraba normas de orden público laboral, por lo que no era necesario conocer del recurso. Se destacó que el recurso de control de la legalidad es un medio excepcional de impugnación que debe cumplir con requisitos específicos para su admisibilidad.
Extracto de la motiva
El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. Verificado en el presente caso el cumplimiento de los requisitos de tiempo y de forma antes transcritos, pasa esta Sala a conocer el escrito contentivo de este medio de impugnación excepcional en los siguientes términos: Delata la parte recurrente, que el Juzgador Superior infringió los artículos 64, 65, 108, 132 y 146 parágrafo segundo de la Ley Orgánica del Trabajo (1997), por cuanto uno de los puntos controvertidos entre las partes es el hecho alegado de la existencia de una relación comercial a partir de julio del año 2008 y la relación laboral desde agosto del año 2010; que del contrato de locución se desprende que no existía exclusividad en el sentido que la actora podía desempeñar cualquier otra actividad comercial y podía prestar diversos servicios a distintos medios de comunicación.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la parte demandada Unión Stereo, C.A., contra la sentencia dictada en fecha 16 de octubre del año 2013, por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del estado Zulia. Particípese esta decisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
control de la legalidadsentenciarecursoorden públicojurisprudencia