Sentencia N° 34 — Sala de Casación Social del TSJ, 5 de febrero de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 0034, Exp. 06-627, 05/02/2009
Expediente06-627
PonenteLuis E. Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2009-02-05
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social homologó la transacción acordada entre Ediobel Augusto Romero Zuleta y la Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela, en el marco de un juicio por jubilación especial y daño moral. La transacción incluye el compromiso de la demandada de incluir al demandante en su nómina de jubilados y el pago de una cantidad acordada. La Sala verificó el cumplimiento de los requisitos legales y la asistencia debida del demandante, concluyendo que la transacción es válida y debe ser homologada.
Extracto de la motiva
Examinados los términos de la transacción, se evidencia que la demandante actuó con la asistencia debida de abogado, cumpliéndose con la garantía constitucional de asistencia debida en el proceso; que tanto en la mesa de conciliación y proceso realizado en este sentido, como en la manifestación escrita del acuerdo, actuó en forma voluntaria y sin constreñimiento alguno y, que el escrito presentado por ante esta Sala en la fecha mencionada, se encuentra debidamente circunstanciado en cuanto a la motivación de la transacción y derechos comprendidos, por lo que se acuerda concederle la homologación a la manifestación de voluntad presentada por las partes en este caso y el pase en autoridad de cosa juzgada. Así se decide.
Dispositiva
HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano EDIOBEL AUGUSTO ROMERO ZULETA y la sociedad mercantil COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (C.A.N.T.V.), en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada. ORDENA al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, que resulte competente, realice los trámites procesales correspondientes para el archivo del presente expediente.