Sentencia N° 336 — Sala de Casación Social del TSJ, 24 de abril de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 0336, Exp. 12-1166, 24/03/2014
Expediente12-1166
PonenteARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-04-24
DecisiónSIN LUGAR
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por la parte demandada en un juicio por cobro de prestaciones sociales. La decisión del Juzgado Tercero Superior del Trabajo fue confirmada, declarando sin lugar el recurso de casación, al considerar que la sentencia impugnada no incurrió en vicios de inmotivación ni en errores de juzgamiento. La Sala destacó que la parte demandada no logró desvirtuar la presunción de laboralidad que favorecía al actor, OWER RAMÓN ROSILLO, en virtud de la naturaleza de la relación laboral establecida.
Extracto de la motiva
Ha sido reiterada la posición de esta Sala de Casación Social al establecer que, la motivación debe estar constituida por las razones de hecho y de derecho que dan los jueces como fundamento del dispositivo. Las primeras están formadas por el establecimiento de los hechos con ajustamiento a las pruebas que los demuestran; y las segundas, la aplicación a éstas de los preceptos legales y los principios doctrinarios atinentes. Así mismo ha señalado que el vicio de inmotivación existe cuando una sentencia carece absolutamente de fundamento, sin confundir la escasez o exigüidad de la motivación con la falta de motivos que es lo que da lugar al recurso de casación por defecto de actividad. En tal sentido, aduce el formalizante, que aun cuando el sentenciador de la recurrida se refiere en su decisión a cada uno de los medios de prueba aportados en el expediente, sólo indica respecto a ellos que los aprecia y valora, sin establecer los hechos que se derivan como probados de las mismas, lo cual impide conocer los motivos que tuvo ad quem para fundamentar su decisión.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra el fallo proferido por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en fecha 4 de julio de 2012; y 2) CONFIRMA el fallo recurrido. Se condena en costas a la parte recurrente.
Palabras clave
cobro de prestaciones socialesrecurso de casaciónpresunción de laboralidad