Sentencia N° 33 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de marzo de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 0033, Exp. 04-1178, 01/03/2005
Expediente04-1178
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2005-03-01
DecisiónINADMISIBLE el recurso de casación anunciado por la representación judicial de los demandantes contra la sentencia dictada el 09 de agosto del año 2004, por el Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión; y ADMITE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la co-apoderada judicial de la empresa demandada, contra el indicado fallo de fecha 09 de agosto del año 2004.
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por los demandantes en un juicio laboral por cobro de diferencias de prestaciones sociales. La decisión del Juzgado Quinto Superior del Trabajo fue declarada inadmisible debido a que no se cumplía con la cuantía mínima exigida por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la admisibilidad del recurso. Además, se admitió el recurso de control de la legalidad propuesto por la parte demandada, permitiendo que se continúe con el procedimiento correspondiente.
Extracto de la motiva
En virtud de lo precedentemente señalado, y de acuerdo con lo dispuesto en el ordinal 1° del artículo 167 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se declara inadmisible el recurso de casación anunciado por la parte demandante. Así se resuelve.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1° INADMISIBLE el recurso de casación anunciado por la representación judicial de los demandantes contra la sentencia dictada el 09 de agosto del año 2004, por el Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión; y 2° ADMITE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la co-apoderada judicial de la empresa demandada, contra el indicado fallo de fecha 09 de agosto del año 2004.
Palabras clave
cobro de prestacionesrecurso de casacióncontrol de legalidadcuantía mínimadecisión inadmisiblederecho laboralsentencia laboral