Sentencia N° 325 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de agosto de 2023
TSJ/SCS, Sent. N° 325, Exp. 22-287, 02/08/2023
Expediente22-287
PonenteELÍAS RUBÉN BITTAR ESCALONA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2023-08-02
DecisiónIMPROPONIBLE EN DERECHO
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara improponible en derecho el recurso de apelación presentado por el abogado Zoilo José León en representación de José Alejandro Chaparro. La decisión se basa en que el recurso fue interpuesto sin esperar un pronunciamiento expreso del tribunal de alzada, el cual había declarado improcedente el recurso de apelación anterior. La Sala enfatiza que el derecho de acceso a los medios de impugnación no es absoluto y debe cumplir con los requisitos legales establecidos.
Extracto de la motiva
motiva la salida del trabajador, espero 1 un año para pedir la calificación por falta que supuestamente para la empresa es una falta grave? (…) tampoco la empresa ni el inspector del trabajo observaron que el trabajador estaba amparado por inamovilidad laboral establecida en los artículos 339 y los literal 1 y 2 del artículo 420 de Ley Orgánica del trabajado los trabajadores y las trabajadoras (LOTTT.), lo cual presento ante usted marcada letra "a" acta de nacimiento del infante hijo del trabajador (…). El inspector del trabajo (…), con qué interés se parcializo con la empresa FARMATODO CA, ¿por qué? (…) poco le importo el debido proceso del cual goza mi defendido (…), por todo lo antes expuesto (…) mi defendido (…) está siendo víctima por parte de la empresa (…) Nótese Ciudadanos Magistrados (…), que la providencia administrativa IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 3 de 9 en (1°) primer lugar carece de la firma de los testigos que pudieran estar presentes por la empresa (…) (2°) segundo carece de un sello de autorizado (…). (3°) tercero el supervisor de
Dispositiva
Por las motivaciones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: IMPROPONIBLE EN DERECHO la formalización del recurso de apelación presentada por el abogado Zoilo José León, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSÉ ALEJANDRO CHAPARRO. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión.
Palabras clave
despidoinamovilidad laboraldebido procesojusticia laboralderechos laboralescalificación de faltaLey Orgánica del Trabajo