Sentencia N° 325 — Sala de Casación Social del TSJ, 26 de abril de 2017

TSJ/SCS, Sent. N° 0325, Exp. 16-574, 26/04/2017
Expediente16-574
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2017-04-26
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Marjorie Calderón Guerrero, decidió sobre un recurso de casación interpuesto por Carmen Teresa Blanco contra la sentencia del Juzgado Séptimo Superior del Trabajo que declaró sin lugar su demanda por prestaciones sociales. La Sala analizó la naturaleza de la relación entre la actora y las empresas demandadas, concluyendo que no existía un vínculo laboral, aplicando el test de laboralidad y considerando que los elementos presentados no eran indicativos de una relación de trabajo.

Extracto de la motiva

La Sala observa: En primer lugar se observa del escrito de formalización que el recurrente incurre en deficiencias técnicas en la redacción de la denuncia al no señalar expresamente cuál es la norma o máxima de experiencia sobre la cual la alzada incurrió en error de interpretación, exponiendo luego su disconformidad con las conclusiones del fallo respecto a las pruebas, cuando realiza el test de laboralidad, por lo cual, la Sala para garantizar el derecho de acceso a la justicia, examinará la única norma denunciada (artículo 53 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras) así como la motivación del juez referida a las documentales (poderes) e informes a la sociedad mercantil Inversiones Zamarut, C.A. (empresa litográfica), al aplicar el examen de indicios. Del criterio sobre el error de interpretación sostenido por la sentencia de la Sala de Casación Civil, de 5 de agosto 1997, que esta Sala acogió desde el año 2000, se deduce que la interpretación errónea comprende, los errores de interpretación en los que puede incurrir el juez, en lo que se refiere a la hipótesis abstractamente prevista en la norma, como a la determinación de sus consecuencias legales, es decir, el juez habiendo elegido acertadamente una norma yerra al interpretarla en su alcance general y abstracto. Así, existe error en la interpretación de la ley, en todos los casos en que, no obstante haberse aplicado la norma adecuada, no se le da su verdadero sentido, haciéndose derivar de ella consecuencias que no concuerdan en su contenido.

Dispositiva

Por las razones anteriores se declarar improcedente la denuncia. Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte actora contra la sentencia dictada en fecha 10 de mayo de 2016 por el Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; y, SEGUNDO: Se CONFIRMA el fallo recurrido. No hay condenatoria en costas del recurso.

Palabras clave

casaciónrelación laboralprestaciones socialestest de laboralidad

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