Sentencia N° 324 — Sala de Casación Social del TSJ, 20 de mayo de 2015

TSJ/SCS, Sent. N° 0324, Exp. 14-191, 20/05/2015
Expediente14-191
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2015-05-20
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia del 20 de mayo de 2015, declara con lugar el recurso de casación interpuesto por la ciudadana Esther Romero de Bermúdez contra la decisión del Juzgado Séptimo Superior del Trabajo, que había modificado un fallo anterior. La Sala anula la sentencia recurrida y parcialmente con lugar la demanda interpuesta contra las sociedades mercantiles DTS Software Latín, S.A. y Aprycot Asesores, C.A., así como contra el Banco Provincial, S.A. y Banco Universal, reconociendo la existencia de un vínculo laboral y la responsabilidad solidaria de las empresas demandadas por el pago de prestaciones sociales.

Extracto de la motiva

La Sala considera que la recurrente ha demostrado la existencia de un vínculo laboral con las empresas demandadas, y que la falta de pronunciamiento sobre ciertos conceptos laborales por parte del juez de alzada constituye un vicio de incongruencia negativa. Se establece que la responsabilidad solidaria de las empresas demandadas es procedente, dado que la relación laboral de la actora con las empresas contratistas debe ser reconocida, y se ordena el cálculo de las prestaciones adeudadas conforme a la legislación laboral vigente.

Dispositiva

Se declara con lugar el recurso de casación interpuesto y se anula la sentencia recurrida. Se condena a las codemandadas a pagar a la actora los conceptos de antigüedad, utilidades, vacaciones y otros, así como los intereses y corrección monetaria correspondientes, mediante experticia complementaria del fallo.

Palabras clave

casaciónlaboralprestaciones socialesresponsabilidad solidaria

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