Sentencia N° 322 — Sala de Casación Social del TSJ, 4 de abril de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 0322, Exp. 14-1352, 04/04/2016
Expediente14-1352
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2016-04-04
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora, Legna Rodríguez Guaregua, contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo que había declarado sin lugar el recurso de apelación. La Sala determina que la decisión impugnada incurrió en violaciones a normas de orden público laboral, específicamente en relación a la indemnización por despido injustificado, y establece que la actora es beneficiaria del Convenio Colectivo de Trabajo del Centro de Especialidades Anzoátegui, C.A., vigente durante su relación laboral.

Extracto de la motiva

La Sala, en reiteradas oportunidades ha sostenido, de conformidad con lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo que el recurso de control de la legalidad debe estar referido a violaciones o amenaza de violación de normas de estricto orden público. Denuncia quien recurre que el Superior está incurso en una clara violación de los artículos 3, 10 y 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, vigente para la fecha de los hechos, constituyéndose una absoluta contrariedad a lo dispuesto expresamente en la cláusula 56 del convenio colectivo aplicable, que estipula que todo lo no previsto en dicha contratación, se regirá por lo dispuesto en la legislación sustantiva laboral. Arguye la recurrente, que si bien en el caso de autos, el ad quem declaró la aplicabilidad del régimen contenido en el Convenio Colectivo de Trabajo Centro de Especialidades Anzoátegui, C.A., nada se estableció respecto a la procedencia de indemnizaciones para el supuesto de terminación de la relación de trabajo por causa injustificada, por lo que no es posible sostener la improcedencia de la aplicación del artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo (1997) respecto a la indemnización, la cual no está regulada expresamente en el contrato colectivo.

Dispositiva

PRIMERO: CON LUGAR el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora contra la sentencia proferida el 16 de julio de 2014, por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. SEGUNDO: NULO el fallo recurrido. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana Legna Rodríguez Guaregua contra las sociedades mercantiles Servicios Farmacéuticos Hospitalarios Pharmatech, C.A. y Centro de Especialidades Anzoátegui, C.A., demandada en forma solidaria.

Palabras clave

control de legalidadindemnizacióndespido injustificadoconvenio colectivo

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