Sentencia N° 314 — Sala de Casación Social del TSJ, 20 de abril de 2005

TSJ/SCS, Sent. N° 0314, Exp. 04-952, 20/04/2005
Expediente04-952
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2005-04-20
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Rafael Simón Morán Arteaga, revocando la sentencia del Juzgado Superior que había declarado sin lugar la demanda de cobro de prestaciones sociales. La Sala argumenta que la sentencia recurrida incurrió en reformatio in peius, desmejorando la condición del trabajador y violando normas procesales relacionadas con la citación de las partes. Se ordena la reposición de la causa al estado de notificación de las partes para la celebración de la audiencia preliminar.

Extracto de la motiva

La presente causa versa sobre una demanda por cobro de prestaciones sociales incoada solidariamente contra una persona natural y jurídica. La persona natural, representada por el ciudadano Ricardo Antonio Martínez y la jurídica, por la sociedad mercantil Transporte “C.A. Invermarca”, ordenándose la citación de esta última, en la persona del ciudadano Ricardo Antonio Martínez, con el carácter de patrono y representante legal, respectivamente, tal y como fue solicitado en el escrito libelar. Agotada la fase de citación de las codemandadas, compareció al acto de la contestación de la demanda, el ciudadano Ricardo Antonio Martínez, en forma personal, y de conformidad con lo previsto en el artículo 361 del Código de Procedimiento Civil, alegó la falta de cualidad e interés del demandado para sostener el juicio, por no ser el patrono ni representante de la empresa codemandada de acuerdo con el artículo 51 de la Ley Orgánica del Trabajo, porque a su decir desconoce cuál es el objeto de la empresa demandada y quiénes son sus representantes. Sustanciado el procedimiento y evacuadas las pruebas promovidas por las partes, el a quo declaró sin lugar la falta de cualidad alegada y con lugar la demanda, condenando al pago de los conceptos reclamados a los accionados solidariamente. Apelada dicha decisión por el codemandado en forma personal, ciudadano Ricardo Antonio Martínez, la Alzada, con vista de las pruebas promovidas y su respectiva valoración, decidió primeramente la falta de cualidad alegada, declarándola procedente respecto a ambos codemandados, argumentando que la parte actora no logró demostrar con los medios probatorios aportados al proceso, ni tampoco a través de la consignación en autos de los estatutos sociales de la empresa, la conformación de su junta directiva y qué personas la obligan, para así poder determinar si el ciudadano Ricardo Antonio Martínez, era el representante legal de la sociedad mercantil Transporte, C.A. Invermarca.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1º CON LUGAR el recurso de control de la legalidad propuesto por la actora recurrente, y en consecuencia se anula la sentencia proferida por el Juzgado Superior Primero para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 28 de junio de 2004; y, 2° LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA, al estado de que el Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, previo el avocamiento de la presente causa, ordene la notificación de las partes a los fines de la celebración de la audiencia preliminar.

Palabras clave

cobro de prestacionescontrol de legalidadreformatio in peiusderecho a la defensadebido procesocitaciontrabajojurisprudencia

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