Sentencia N° 306 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de abril de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 0306, Exp. 13-1081, 01/04/2016
Expediente13-1081
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-04-01
DecisiónHomologa la transacción
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la homologación de una transacción entre el demandante, Ángel Alfredo Balbuena Morillo, y la empresa demandada, Sanofi-Aventis de Venezuela, S.A. La transacción fue presentada por ambas partes, quienes acordaron un pago por la suma de dos millones quinientos noventa y ocho mil bolívares, que incluye todos los conceptos demandados en el juicio. La Sala verificó el cumplimiento de los requisitos legales para la homologación de la transacción, asegurando que se actuó de manera voluntaria y sin coacción.
Extracto de la motiva
Examinado el documento, se evidencia que el ex trabajador actuó a través de apoderado judicial, con poder debidamente otorgado para ello (vid. folio 36, pieza 1), y la parte demandada a través de su representante judicial debidamente constituida y facultada para celebrar el presente contrato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 154 del Código de Procedimiento Civil –aplicable por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo–, tal como se patentiza del instrumento poder que corre inserto del folio 56 al 58 en la pieza 1 del expediente, cumpliéndose así con la garantía constitucional de asistencia debida en el proceso. Asimismo, el contrato se encuentra circunstanciado en cuanto a la motivación de la transacción y los derechos en ella comprendidos los cuales se adecuan a los derechos y conceptos reclamados en el escrito libelar, observándose que se actuó en forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, en consecuencia, se acuerda concederle la homologación a la declaración de voluntad presentada en este caso y el pase en autoridad de cosa juzgada. Así se decide. Igualmente, esta Sala de Casación Social como autoridad competente para otorgarle los efectos de cosa juzgada al acuerdo transaccional, declara que de esta manera se concluye el litigio judicial en forma definitiva, mediante un medio alterno de resolución de conflictos.
Dispositiva
HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano ÁNGEL ALFREDO BALBUENA MORILLO y la sociedad mercantil SANOFI-AVENTIS DE VENEZUELA, S.A, en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola con autoridad de cosa juzgada.