Sentencia N° 305 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de agosto de 2025
TSJ/SCS, Sent. N° 305, Exp. 24-263, 13/08/2025
Expediente24-263
PonenteCARLOS ALEXIS CASTILLO ASCANIO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2025-08-13
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por NESTLE DE VENEZUELA, S.A. contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo que confirmó la inadmisibilidad del recurso de interpretación. La Sala argumenta que la decisión recurrida se ajusta a derecho y no vulnera normas de orden público laboral, por lo que no es necesario desplegar actividad jurisdiccional adicional.
Extracto de la motiva
Ahora bien, en atención a los argumentos previamente expuestos y habiéndose efectuado el análisis del fallo impugnado, así como de las actas que conforman el expediente, esta Sala de Casación Social considera que la sentencia recurrida se encuentra ajustada a derecho, pues no vulnera normas de orden público laboral, por lo que resulta innecesario desplegar la actividad jurisdiccional para el conocimiento del presente recurso de control de la legalidad, dado que la pretensión no se adecúa a los fines de este medio excepcional de impugnación. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en cuanto a la naturaleza discrecional y excepcional del ejercicio de la potestad revisora mediante el recurso de control de la legalidad, la Sala considera innecesario desplegar la actividad jurisdiccional a través de este recurso, lo que conlleva su inadmisibilidad. Así se declara.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad ejercido por la parte actora sociedad mercantil NESTLE DE VENEZUELA, S.A., contra la sentencia dictada en fecha el 20 de marzo de 2024, por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto.
Palabras clave
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