Sentencia N° 305 — Sala de Casación Social del TSJ, 20 de mayo de 2013

TSJ/SCS, Sent. N° 0305, Exp. 09-599, 20/05/2013
Expediente09-599
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2013-05-20
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, anulando la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo que había declarado sin lugar el recurso de apelación. La Sala establece que el demandante, Juan Luis Suárez, fue despedido injustificadamente y que la empresa demandada, CANTV, no cumplió con la providencia administrativa que ordenaba su reenganche y el pago de salarios caídos. La Sala determina que la parte actora tiene derecho a recibir pagos por conceptos laborales adeudados, pero también establece que ciertos conceptos reclamados son improcedentes debido a la falta de justificación en su solicitud.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la sentencia recurrida, para determinar la procedencia o no de los conceptos laborales reclamados durante el lapso en el que transcurrió el procedimiento administrativo de reenganche, argumentó, lo que a continuación se transcribe: En lo atinente a determinar si es procedente o no el pago de los conceptos laborales durante período de duración del procedimiento administrativo. Sobre este particular si bien es cierto que nuestra Sala Social, ha señalado en forma reiterada pacifica y constante, que el período de duración de un procedimiento, no es computable en los beneficios laborales propios de la prestación efectiva del servicio, en el caso de marras, tenemos que de acuerdo a lo estipulado en la cláusula 57 de la Convención Colectiva aplicable, dicho lapso se debe considerar como tiempo efectivo de servicios, motivo por el cual se declarar procedentes los conceptos reclamados en este sentido, y acordados por el a quo, cuyo cálculo se ordena realizar mediante experticia complementaria del fallo, según los parámetros que se especificarán en la publicación extensa de esta decisión. Así se decide.

Dispositiva

En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación propuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra el fallo proferido por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 18 febrero de 2009; En consecuencia, SEGUNDO: ANULA el fallo impugnado y resuelve, TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano Juan Luis Suárez, contra la sociedad mercantil Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela, (C.A.N.T.V). No hay condenatoria en costas del proceso, en virtud de no haber vencimiento total de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

recurso de casacióndespido injustificadosalarios caídosconvención colectivaCANTV

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