Sentencia N° 304 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de abril de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 0304, Exp. 08-167, 16/04/2012
Expediente08-167
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la Legalidad
Fecha de la decisión2012-04-16
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, revocando la sentencia del Juzgado Superior Tercero del Trabajo que había declarado parcialmente con lugar la demanda de jubilación del ciudadano Arnaldo Gil Castillo. La Sala argumenta que la acción para reclamar el beneficio de jubilación es susceptible de prescripción, y que el juzgador de la recurrida infringió lo dispuesto en los artículos 1.952 y 1.980 del Código Civil al declarar la imprescriptibilidad del derecho a la jubilación especial.
Extracto de la motiva
Para decidir, esta Sala observa que el sentenciador de la recurrida consideró que la acción para reclamar el beneficio a la jubilación es imprescriptible, lo cual se opone al criterio pacífico y reiterado que sobre la materia ha sentado esta Sala, según el cual, si bien el referido beneficio es de orden público e irrenunciable, ello no obsta para que el mismo sea susceptible de extinguirse por prescripción, por razones de seguridad jurídica, resultando aplicable la prescripción trienal consagrada en el artículo 1.980 del Código Civil (al respecto véanse, entre otras, las sentencias números 183, 184 y 185 de fechas 19 de junio de 2000, casos: Yolanda Margarita Rojas de Barreto contra CANTV, Judith del Rosario Hernández Aguilera contra CANTV, y Luis José Rojas Rondón contra CANTV, en su orden). En el caso bajo estudio, observa la Sala que el juzgador de la recurrida, al declarar que la jubilación es “imprescriptible”, infringió lo dispuesto en los artículos 1.952 y 1.980 del Código Civil, apartándose además del criterio reiterado de la Sala respecto al lapso de prescripción de las acciones en materia de jubilación, razón por la cual debe prosperar la denuncia planteada, resultando inoficioso examinar la otra delación contenida en el escrito recursivo. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social (Accidental), administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1°) CON LUGAR el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 18 de septiembre de 2007, emanada del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; en consecuencia, 2°) ANULA el fallo recurrido; y 3°) SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano Arnaldo Gil Castillo, contra la sociedad mercantil Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela.
Palabras clave
jubilaciónprescripcióntrabajoderechos laboralesacción judicialsentenciaCódigo CivilLey Orgánica del Trabajo