Sentencia N° 303 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de abril de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 0303, Exp. 12-263, 12/04/2012
Expediente12-263
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2012-04-12
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior Tercero del Trabajo del estado Zulia. La Sala analizó los requisitos de admisibilidad del recurso y concluyó que no se ajustaba a derecho, ya que la sentencia recurrida no vulneraba normas de orden público laboral.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece los requisitos de admisibilidad del recurso de control de la legalidad, a saber: El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. Verificado en el presente caso el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad antes transcritos, pasa esta Sala a conocer el escrito contentivo de este medio de impugnación excepcional en los siguientes términos: Denuncia la parte recurrente, que el sentenciador de alzada infringió los artículos 67 y 74 de la Ley Orgánica del Trabajo por falsa y errónea aplicación respectivamente, por cuanto a su decir, el ad-quem condenó al pago de la indemnización por despido injustificado, cuando existía un contrato de trabajo suscrito con los demandantes, por lo que mal podía condenarse al pago de dicha indemnización, puesto que este concepto nace cuando el patrono despide sin causa justificada alguna al trabajador, lo cual no se aplica al caso de autos.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia de fecha 03 de febrero del año 2012, emanada del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en la ciudad de Cabimas. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas.
Palabras clave
control de la legalidadsentenciaindemnizacióndespido injustificadoorden público laboral