Sentencia N° 303 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de mayo de 2002

TSJ/SCS, Sent. N° 303, Exp. 02-014, 28/05/2002
Expediente02-014
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2002-05-28
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, desestima el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Juan de Jesús Gómez Mora contra la sentencia del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo, de Menores y Amparo Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. La Sala concluye que la sentencia recurrida cumple con los requisitos de motivación y síntesis de la controversia, desestimando las denuncias del recurrente sobre la falta de consideración de ciertos hechos y la carga de la prueba.

Extracto de la motiva

La fundamentación es la carga procesal más exigente impuesta al recurrente como requisito esencial de la formalización, por su amplitud, complejidad y trascendencia. Sin fundamentación, sin razonar las infracciones denunciadas no existe formalización. La fundamentación de la infracción debe hacerse en forma clara, sin incurrir en imputaciones vagas, vinculando el contenido de las normas que se pretenden infringidas con los hechos y circunstancias a que se refiere la violación, esto es, que la infracción debe ser demostrada, ‘sin que a tal efecto baste con señalar que la sentencia infringió tal o cual precepto legal, es necesario que se demuestre cómo, cuándo y en qué sentido se incurrió en la infracción”. Al contrastar la transcrita denuncia del recurrente en casación con los criterios antes señalados, se constata la falta de fundamentación de la denuncia bajo examen, por cuanto no evidencia la Sala la supuesta contradicción en los motivos, vicio en el cual, según el formalizante, incurre el sentenciador de la recurrida al motivar el pronunciamiento referente al retiro voluntario del trabajador, en virtud de ello, la Sala desestima la presente denuncia.

Dispositiva

En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte actora; y 2) CASA DE OFICIO la sentencia definitiva emanada del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo, de Menores y de Amparo Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, de fecha 27 de julio de 2001, en consecuencia, se declara la nulidad del fallo recurrido y se repone la causa al estado de que la alzada dicte nueva sentencia corrigiendo el vicio indicado.

Palabras clave

indemnizaciónprestaciones socialescasacióncarga de la pruebadespido injustificadomotivaciónsintesis de la controversia

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