Sentencia N° 301 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de mayo de 2015
TSJ/SCS, Sent. N° 0301, Exp. 14-1711, 13/05/2015
Expediente14-1711
PonenteMarjorie Calderón Guerrero
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2015-05-13
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra una sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo. La parte demandada alegó que la decisión recurrida violaba normas de orden público, específicamente en relación a la carga probatoria en el caso de cobro de diferencias de prestaciones sociales. Sin embargo, tras un examen de los argumentos y la sentencia impugnada, la Sala concluyó que no se vulneraron normas de orden público.
Extracto de la motiva
Esta Sala de Casación Social en decisión N° 692 de fecha 12 de diciembre de 2002, expresó que aun cuando los requisitos de admisibilidad se cumplan “corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal Laboral, la admisibilidad de dicho recurso, cuando se hallen violentadas o amenazadas disposiciones de orden público (…). Alega la representación judicial de la parte demandada, que la recurrida viola el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con los artículos 159 y 160 eiusdem, 49 numeral 1 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, al confirmar la sentencia definitiva que la carga probatoria en el presente caso y de acuerdo a los alegatos expuestos recae sobre la empresa, ante lo cual la parte demandada considera que dicha carga corresponde únicamente al actor, pues con respecto al pago de los días domingos y feriados, es la parte actora quien tenía la carga de probarlos, lo cual incumplió al omitir traer a los autos prueba alguna de no habérsele cancelado los días domingos y feriados reclamados, concluyendo así que el pago de los mismos no procede en derecho.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia publicada el 17 de noviembre de 2014, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui. Particípese esta remisión al Juzgado de origen ya mencionado.
Palabras clave
control de legalidadsentenciatrabajojurisdicciónderechoorden público