Sentencia N° 297 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de abril de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 0297, Exp. 10-323, 11/04/2012
Expediente10-323
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la Legalidad
Fecha de la decisión2012-04-11
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora, Gladys María Robles Márquez, contra la decisión del Juzgado Tercero Superior del Trabajo de Carabobo. La Sala observa que la parte demandada no compareció a la audiencia preliminar, lo que llevó a la admisión de los hechos alegados por la actora. Se determina que el juzgado de alzada aplicó incorrectamente la doctrina sobre la carga probatoria, afectando el derecho a la defensa de la actora.
La Sala anula el fallo recurrido y procede a resolver el mérito de la controversia, condenando a las empresas demandadas al pago de diversas prestaciones laborales, incluyendo antigüedad, vacaciones, bono vacacional, utilidades, preaviso sustitutivo e indemnización por despido injustificado. Se establece que la parte actora tiene derecho a recibir el pago de horas extraordinarias, conforme a lo estipulado en la Ley Orgánica del Trabajo, y se ordena la realización de experticia complementaria para determinar los montos exactos a pagar.
Finalmente, se aclara que no hay condenatoria en costas debido a la naturaleza del fallo, y se ordena la remisión del expediente al juzgado de origen para su cumplimiento.
Extracto de la motiva
(Omissis) (…) la recurrida al pronunciarse aplicando con preferencia la doctrina de la Sala Social: a) altera el orden de aplicación de las fuentes del derecho con violación de los artículos 4 del Código Civil aplicable por mandato del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo (…) estableciéndose en el artículo 4 del Código Civil, el orden de aplicación de las leyes, la recurrida debió en primer lugar considerar la procedencia del reclamo conforme a la norma que regule la confesión ficta, por inasistencia del demandado a la audiencia de conciliación. Subsidiariamente es aplicable la analogía y los principios generales del derecho, dejando la jurisprudencia una aplicación subsidiaria (…).
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1°) CON LUGAR el recurso de control de la legalidad ejercido por la parte actora, contra la decisión de fecha 29 de julio de 2009, emanada del Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo; en consecuencia, 2°) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana Gladys Robles en contra de las empresa Campamento Agua Linda, C.A., Campamento Instruccional Agua Linda, C.A. y Agua Linda Operadora, C.A.
Palabras clave
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