Sentencia N° 296 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de abril de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 0296, Exp. 10-467, 10/04/2012
Expediente10-467
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2012-04-10
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia del Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz, decide sobre un recurso de casación interpuesto por la parte demandada, NESTLÉ VENEZUELA, S.A., contra una sentencia de apelación que había declarado sin lugar el recurso de apelación de ambas partes. La Sala encuentra que existe una contradicción entre los motivos y el dispositivo de la sentencia recurrida, lo que constituye un vicio de inmotivación. En consecuencia, se anula el fallo recurrido y se repone la causa para que el Juez Superior competente dicte una nueva sentencia de fondo.

Extracto de la motiva

La contradicción entre los motivos de la sentencia consiste en el quebrantamiento de principios de la lógica como es el caso de la falta de coherencia entre los argumentos de una sentencia, dando lugar al vicio de inmotivación, cuando estos motivos lleguen al extremo de ser inconciliables entre sí, destruyéndose los unos con los otros, dejando desprovista a la sentencia del necesario requisito formal, es decir, la motivación. (Sentencia de la Sala de Casación Social de fecha 5 de febrero de 2002). Ahora bien, del análisis que se hace a la sentencia recurrida, se verifica, que el Juez Superior, ha cometido la señalada contradicción entre la parte motiva y la dispositiva de la sentencia, ésta hubiese ordenado el cálculo de la prestación de antigüedad y sus intereses, previo descuento de las cantidades demandadas por el actor por concepto de días domingos y de descanso supuestamente laborados. De lo antes expuesto, resulta palmaria la contradicción de la sentencia, toda vez que las declaratorias de la motiva resultan excluyentes entre sí, haciéndola ininteligible, lo que permite concluir que se constituye en el presente fallo, el vicio de inmotivación por contradicción, razón por la cual es forzoso para esta Sala de Casación Social declarar procedente la presente delación. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República, y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de casación intentado por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 9 de marzo de 2010; 2) se ANULA la decisión recurrida y, 3) se REPONE la causa al estado en el que del Juzgado Superior que resulte competente, dicte nueva sentencia de fondo. No hay condenatoria en costas del proceso, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en virtud de no haber vencimiento total.

Palabras clave

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