Sentencia N° 292 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de diciembre de 2022

TSJ/SCS, Sent. N° 292, Exp. 22-215, 14/12/2022
Expediente22-215
PonenteELÍAS RUBÉN BITTAR ESCALONA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2022-12-14
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por Anyimar Elena Zumeta Reyes contra la decisión del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de Aragua. La apelación se basó en la vulneración del derecho a la defensa y al debido proceso, alegando que el juez de alzada no permitió la promoción y evacuación de pruebas durante la audiencia de apelación. Sin embargo, la Sala concluyó que el recurrente tuvo la oportunidad de impugnar el poder otorgado a la parte demandada y no lo hizo, lo que conllevó a la improcedencia de la denuncia.

Extracto de la motiva

En consonancia con las normas transcritas, en sentencia de fecha 24 de febrero de 1999, de la Sala de Casación Civil, criterio con el cual comulga esta Sala de Casación Social, estableció: (...) la indebida reposición de un proceso entraña una nítida lesión al derecho subjetivo fundamental del justiciable, de virtual progenie constitucional, a un proceso sin dilaciones indebidas, cuando se tiene en cuenta la grave pérdida procesal que genera toda reposición, en forma que muchas veces, al menos en la mente y en los objetivos de los litigantes, se encuentra inmerso el oscuro propósito de buscar la nulidad por la nulidad misma, con desprecio del principio que siempre ha distinguido entre lo esencial y lo secundario, entre lo falso y lo verdadero, entre lo real y lo presunto, de modo de que la nulidad de un acto del proceso sea la resultante cierta y verdadera del quebrantamiento de una forma esencial del juicio, de la cual dependa en una u otra el derecho de defensa (...). La Sala se afilió a esta orientación de la doctrina, poniendo énfasis en el objetivo de reducir al mínimo la pérdida procesal que resulta de toda declaración de nulidad, con las consiguientes lesiones al principio de economía procesal y de la estabilidad del juicio.

Dispositiva

PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte actora ciudadana Anyimar Elena Zumeta Reyes, contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay, el 25 de mayo de 2022. SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo recurrido.

Palabras clave

casaciónlaboralderecho a la defensadebido proceso

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