Sentencia N° 292 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de abril de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 0292, Exp. 04-1531, 14/04/2005
Expediente04-1531
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-04-14
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo. La decisión se fundamenta en la falta de cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley Orgánica del Trabajo y el Código Civil respecto a la prescripción de la acción. La Sala concluyó que las normas sobre prescripción no son de orden público, lo que llevó a declarar inadmisible el recurso.
Extracto de la motiva
Sobre la denuncia de las normas de prescripción señala que el registro de la demanda que cursa en autos no cumple con los requisitos mencionados en el artículo 64 de la Ley Orgánica del Trabajo ni con lo establecido en el artículo 1.969 del Código Civil, por cuanto la demanda registrada quedó extinguida y la nueva acción incoada se encuentra prescrita por haber transcurrido más de un año desde la supuesta terminación de la relación de trabajo. Respecto a la existencia de la relación de trabajo alegada por la parte actora, indica que la misma no demostró con las pruebas aportadas en autos los requisitos necesarios para que exista una relación de trabajo, a saber: la prestación de servicio, el pago de un salario y la subordinación, lo cual luego de un examen exhaustivo, advierte esta Sala que las normas sobre prescripción no son de orden público, razón por la cual, se declara inadmisible el presente recurso de control de la legalidad. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la sentencia de fecha 29 de septiembre de 2004, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.
Palabras clave
cobro de prestacionesrelación laboralprescripcióncontrol de la legalidadjurisprudenciadecisión inadmisibleLey Orgánica del TrabajoCódigo Civil