Sentencia N° 289 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de mayo de 2013
TSJ/SCS, Sent. N° 0289, Exp. 12-1153, 14/05/2013
Expediente12-1153
PonenteCarmen Esther Gómez Cabrera
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2013-05-14
DecisiónHomologa
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 14 de mayo de 2013, homologó la transacción celebrada entre las demandantes Yuskency Sandoval, Leonor Ramírez, Elenin Soto y Yuleiky Muñoz y la empresa Aereo Tasas 2004, C.A. La transacción fue presentada el 1° de abril de 2013 y establece el pago de 18.900 bolívares a las demandantes. La Sala verificó que las partes actuaron con apoderados judiciales debidamente constituidos y que el acuerdo cumplía con los requisitos legales.
Extracto de la motiva
Examinados los términos de la transacción, se evidencia que las partes actuaron representadas por apoderados judiciales debidamente constituidos y facultados para celebrar el presente contrato, tal como se patentiza de los poderes que corren insertos en los folios cuarenta y cuatro (44) al cincuenta y tres (53) y cincuenta y seis (56) del expediente, cumpliéndose así con la garantía constitucional de asistencia debida en el proceso. Asimismo, se aprecia que en la manifestación escrita del acuerdo se actuó con pleno conocimiento del contrato por las demandantes, en forma voluntaria y sin constreñimiento alguno y, el escrito presentado por ante esta Sala en la fecha mencionada se encuentra debidamente circunstanciado en cuanto a la motivación de la transacción y los derechos en ella comprendidos, por lo que se acuerda concederle la homologación a la declaración de voluntad presentada por las partes en este caso y el pase en autoridad de cosa juzgada. Así se decide.
Dispositiva
PRIMERO: HOMOLOGA la transacción celebrada entre las ciudadanas YUSKENCY SANDOVAL, LEONOR RAMÍREZ, ELENIN SOTO y YULEIKY MUÑOZ y la empresa AEREO TASAS 2004, C.A., en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada, SEGUNDO: ORDENA al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial Estado Vargas, que resulte competente, realice los trámites procesales correspondientes para el archivo del presente expediente.