Sentencia N° 287 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de marzo de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 0287, Exp. 07-1138, 13/03/2008
Expediente07-1138
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2008-03-13
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 13 de marzo de 2008, declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por el ciudadano José Clisanto Delgado Casiqu contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Circuito Judicial del Trabajo. La Sala determinó que el despido del trabajador fue injustificado y que se incurrió en abuso del derecho por parte del patrono al no permitir el disfrute de su jubilación especial, a pesar de que cumplía con los requisitos establecidos en la Convención Colectiva de Trabajo. Se ordenó el pago de las pensiones correspondientes a partir del 5 de octubre de 2005.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el formalizante fundamenta su denuncia en el abuso de derecho en que incurrió el patrono al despedir al trabajador injustificadamente. Se establece que el patrono tenía la facultad legítima de despedir al trabajador mediante el pago de la indemnización prevista en el artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, pero al ejercer dicha facultad afectó derechos adquiridos por el trabajador, como el derecho a las vacaciones vencidas y no disfrutadas y el derecho a la jubilación especial. La Sala concluye que el despido fue injustificado y que el trabajador tenía derecho a la jubilación especial, por lo que se ordena el pago de las pensiones correspondientes.
Dispositiva
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara 1) CON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante contra la sentencia emanada del Juzgado Superior Primero del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 10 de mayo del año 2007 reproducida el día 17 del mismo mes y año. Se ANULA el fallo recurrido y 2) CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JOSÉ CLISANTO DELGADO CASIQUE contra la sociedad mercantil BANCO DE VENEZUELA S.A.C.A. BANCO UNIVERSAL.
Palabras clave
jubilacióndespido injustificadoabuso de derechovacaciones no disfrutadasconvención colectivaindemnizaciónderechos laboralesreenganche