Sentencia N° 275 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de marzo de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 0275, Exp. 12-211, 28/03/2012
Expediente12-211
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2012-03-28
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora contra una decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo. La Sala determinó que la sentencia recurrida se ajusta a derecho y no vulnera normas de orden público laboral, por lo que no era necesario conocer del recurso. Se concluyó que el recurso era inadmisible debido a que no cumplía con los requisitos establecidos por la ley.

Extracto de la motiva

El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. Verificado en el presente caso el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad antes transcritos, pasa esta Sala a conocer el escrito contentivo de este medio de impugnación excepcional en los siguientes términos: En el presente caso delata el recurrente la falta de aplicación de reiteradas jurisprudencias de esta Sala que definen cuando hay admisión de los hechos, como según su opinión, ocurrió en el presente caso. En tal sentido aduce que es criterio de esta Sala de Casación Social según sentencia N° 452 de fecha 2 de mayo del año 2011, que la incomparecencia de la parte demandada la audiencia de prolongación, produce admisión relativa de los hechos, en virtud de que las partes han aportado al proceso medios de prueba para controlar la legalidad de la acción y la procedencia de los conceptos reclamados y que en el presente caso, se evidencia del acta de audiencia preliminar de fecha 23 de julio del año 2009, que la empresa demandada no compareció a la prolongación de la audiencia preliminar, no obstante, la demandada posteriormente presentó escrito de contestación de la demanda, sin considerar que en virtud de haber quedado admitidos los hechos, no es procedente la contestación de la demanda, de acuerdo con lo establecido en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representante judicial de la parte actora contra la sentencia de fecha 20 de enero del año 2012, dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto.

Palabras clave

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