Sentencia N° 267 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de junio de 2026

TSJ/SCS, Sent. N° 267, Exp. 25-530, 10/06/2026
Expediente25-530
PonenteELÍAS RUBÉN BITTAR ESCALONA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2026-06-10
DecisiónCasa de oficio

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por el Magistrado Elías Rubén Bittar Escalona, se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por Edgar Jesús Mogollón Vásquez contra la homologación de un acuerdo laboral. La sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo había declarado sin lugar el recurso de apelación de la parte actora. La Sala determinó que el acuerdo homologado no cumplía con los requisitos legales necesarios para ser considerado una transacción válida, ya que no identificaba todos los conceptos demandados por el trabajador, lo que constituyó una violación a sus derechos laborales y al orden público. Por lo tanto, se declaró la nulidad del acuerdo y se ordenó la reposición del caso para la celebración de una nueva audiencia preliminar.

Extracto de la motiva

MOTIVA La representación judicial de la parte demandante recurrente, en la audiencia celebrada por esta Alzada, manifestó lo siguiente: ‘(…) sobre el interés procesal que fue instituido en el Código de Procedimiento Civil de 1.986, siendo que el presente caso, terminó la causa con una transacción IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 10 de 20 cuestionada por el trabajador porque no fue lo planteado y conversado entre el trabajador y el apoderado, y él se vio afectado y mermado en el capital que él pensaba recibir, y la otra parte, se conformaron con todo no recurrió, y fuimos nosotros, los único como parte actora quienes recurrimos, refiere que existe un criterio de las Salas que establece que para recu

Dispositiva

PRIMERO: CASA DE OFICIO la sentencia dictada el 18 de junio de 2025, por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara; SEGUNDO: SE ANULAN el fallo recurrido y las actuaciones realizadas en el expediente judicial desde el 5 de noviembre de 2024, inclusive; TERCERO: ORDENA fijar nueva oportunidad para celebrar la audiencia preliminar ante otro Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la mencionada Circunscripción Judicial.

Palabras clave

casaciónacuerdo laboralnulidadderechos laborales

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