Sentencia N° 266 — Sala de Casación Social del TSJ, 23 de marzo de 2010

TSJ/SCS, Sent. N° 0266, Exp. 08-1164, 23/03/2010
Expediente08-1164
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2010-03-23
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en respuesta al recurso de casación interpuesto por la parte actora, declara con lugar la demanda presentada por María Mercedes Nouel Paúl contra Diageo de Venezuela, C.A. La sentencia de alzada fue modificada debido a la inmotivación en el cálculo de las utilidades, ya que no se precisaron los fundamentos de hecho ni el salario base utilizado para determinar el monto a pagar. La Sala ratifica su doctrina sobre el cálculo de las utilidades, que debe basarse en el salario normal promedio devengado durante el año correspondiente.

Extracto de la motiva

La motivación, ha dicho el Tribunal Supremo, debe estar constituida por las razones de hecho y de derecho que dan los jueces como fundamento del dispositivo. Las primeras están formadas por el establecimiento de los hechos con ajustamiento a las pruebas que los demuestran; y las segundas, la aplicación a éstas de los preceptos legales y los principios doctrinarios atinentes. La inmotivación, por el contrario, es el vicio que provoca la omisión de uno de los requisitos esenciales de la sentencia, que impone el artículo 243 ordinal 4º del Código de Procedimiento Civil, cuando ordena que todo fallo debe contener los motivos de hecho y de derecho de la decisión. Igualmente ha establecido este Tribunal, conforme a su doctrina pacífica y reiterada, que la inmotivación consiste en la falta absoluta de fundamentos; que los motivos exiguos o escasos, o la motivación errada no configura el vicio de falta de motivación.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1º CON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte actora contra la sentencia dictada en fecha 6 de mayo de 2008 por el Juzgado Quinto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; y, 2° CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana MARÍA MERCEDES NOUEL PAÚL, contra la sociedad mercantil DIAGEO DE VENEZUELA, C.A., (antes Guinnes UDV Venezuela, C.A.). Se condena a las sociedad mercantil DIAGEO DE VENEZUELA, C.A., a pagar a la actora la cantidad de CIENTO SETENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS SETENTA BOLÍVARES FUERTES CON SETENTA Y SIETE CÉNTIMOS ( Bs.F. 176.870,77) por los conceptos de prestación de antigüedad, vacaciones, bono vacacional, utilidades, los intereses sobre prestaciones sociales, los intereses de mora y la corrección monetaria.

Palabras clave

prestaciones socialesutilidadescasacióninmotivación

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