Sentencia N° 265 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de marzo de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 0265, Exp. 14-1061, 28/03/2016
Expediente14-1061
PonenteJESUS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-03-28
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 28 de marzo de 2016, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, confirmando la sentencia del Juzgado Superior Quinto del Trabajo que había declarado con lugar la demanda de cobro de prestaciones sociales presentada por Yorman José Rodríguez Ruiz. La Sala consideró que la notificación realizada a la demandada fue válida, ya que se llevó a cabo conforme a lo establecido en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, garantizando así el derecho a la defensa y el debido proceso.

Extracto de la motiva

La norma citada presenta la figura de la notificación, como el acto mediante el cual se le informa al demandado que se intentó una acción en su contra, la cual fue admitida por el órgano jurisdiccional y se le emplaza a que comparezca al acto de la audiencia preliminar en la fecha allí indicada, pretendiendo con ello, el legislador, tal como lo señala en la Exposición de Motivos de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, “garantizar el derecho a la defensa, pero mediante un medio flexible, sencillo y rápido, para lo cual, la Comisión ha considerado idónea la notificación, en virtud que la citación, es de carácter eminentemente procesal y debe hacerse a una persona determinada, debiendo agotarse la gestión personal; en cambio, la notificación puede o no ser personal, pero no exige el agotamiento de la vía personal, que es engorrosa y tardía.

Dispositiva

PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la representación judicial de la parte demandada contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, de fecha 13 de junio de 2014; SEGUNDO: CONFIRMA la decisión recurrida.

Palabras clave

cobro de prestaciones socialesnotificaciónderecho a la defensadebido proceso

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