Sentencia N° 26 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de febrero de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 0026, Exp. 11-1349, 02/02/2012
Expediente11-1349
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2012-02-02
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la empresa demandada, SANFORD BRANDS VENEZUELA, L.L.C., contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de Aragua. La Sala determinó que la decisión impugnada no contraviene normas de orden público y que el recurso no se ajusta a los fines establecidos por la ley para su admisibilidad.
La recurrente alegó errores de interpretación de la Ley Orgánica del Trabajo, argumentando que el demandante debía ser considerado un trabajador de confianza. Sin embargo, la Sala concluyó que no se cumplían los requisitos necesarios para tal calificación, lo que llevó a declarar inadmisible el recurso presentado.
Finalmente, se resolvió que no habría condenatoria en costas debido a la naturaleza de la decisión, y se ordenó la remisión del expediente al juzgado de origen.
Extracto de la motiva
Denuncia la recurrente la infracción por error de interpretación, del artículo 45 de la Ley Orgánica del Trabajo; según afirma, en el caso concreto debe determinarse si las labores ejercidas por el actor permiten calificarlo como un trabajador de confianza, y así, establecer si está excluido, por disposición expresa, del ámbito de aplicación de la convención colectiva. Ello fue resuelto negativamente por la juez de alzada, quien consideró que no se cumplían todos los supuestos de la disposición antes mencionada, interpretándola erradamente, toda vez que en la misma se prevén supuestos alternativos y no concurrentes. En este sentido, después de citar parcialmente lo sostenido por esta Sala en sentencia N° 294 del 13 de noviembre de 2001, la impugnante destaca que, de la declaración de parte realizada en la audiencia de juicio, consta que el demandante estaba encargado de recibir cantidades de dinero en nombre de la empresa, y manejaba información sobre promociones y productos, no disponible para el resto de los empleados, lo cual permitía concluir que era un trabajador de confianza.
Relacionado con lo anterior, delata la impugnante la infracción por error de interpretación, del artículo 103 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, porque, al ser interrogado el actor por la juez de juicio, éste expresó de forma clara e inequívoca, que todos eran trabajadores de confianza porque era necesario manejar información “clasificada” sobre los productos y las ofertas. No obstante, la juez ad quem omitió concluir que lo afirmado por el trabajador debía ser interpretado como una confesión sobre la confianza que requería la ejecución de su labor, pues debía manejar información especial sobre productos y secretos de índole comercial, que le era ajena a la mayoría del personal ordinario de la empresa.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la demandada, contra la sentencia de fecha 29 de septiembre de 2011, emanada del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua. No hay condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
cobroacreencias laboralescontrol de la legalidadsentenciatrabajoinadmision