Sentencia N° 259 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de julio de 2025

TSJ/SCS, Sent. N° 259, Exp. 24-226, 16/07/2025
Expediente24-226
PonenteELÍAS RUBÉN BITTAR ESCALONA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2025-07-16
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 16 de julio de 2025, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por Richard David Horton Stephens contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Apure, que había declarado parcialmente con lugar el recurso de apelación de los demandantes. La Sala determinó que la relación laboral entre los demandantes y el demandado existió, a pesar de las contradicciones en las declaraciones de los testigos, y que el juez de alzada no incurrió en los vicios denunciados por el recurrente. Se confirmó el fallo impugnado y se condenó en costas a la parte codemandada.

Extracto de la motiva

De lo precedentemente citado, se observa que, el juez para instituir si la relación jurídica es de naturaleza laboral, lo hizo cimentándose en lo manifestado, por los testigos en la forma antes citada, y más adelante específicamente al folio 40 establece que, “Al revisar las deposiciones de los testigos cursantes en los autos, se desprende que sus declaraciones nada aportan con relación al supuesto de hecho del inicio y la terminación de la relación de trabajo...”, y en el folio 41 expresa que, “… los dichos de los testigos nada aportan en relación a las circunstancias de tiempo o particularidades en las que se desarrolló la relación laboral...; lo cual indica, que los motivos utilizados por la recurrida para dar por demostrada la existencia de la supuesta relación laboral, se destruyen los unos con los otros por contradicciones graves e inconciliables, situación comparable a la falta absoluta de fundamentos, haciendo ello inejecutable la decisión impugnada, pues incurrió en el tercer supuesto de inmotivación, es decir, contradicción en los motivos, el cual está referido al quebrantamiento de los principios de la lógica jurídica. Evidenciándose con ello, la violación de normas de orden público en la sentencia recurrida, como es el caso del numeral 3 del artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el ordinal 4° del artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, aplicable ésta, por remisión expresa del artículo 11 de la referida ley procesal laboral, que establece la nulidad de la sentencia, cuando ésta incurra en motivación contradictoria, que es uno de los tipos del vicio de inmotivación.

Dispositiva

PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la representación judicial de la parte codemandada, ciudadano RICHARD DAVID HORTON STEPHENS, contra la sentencia dictada el 3 de abril de 2024, por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, con sede en San Fernando de Apure. SEGUNDO: se CONFIRMA el fallo impugnado.

Palabras clave

motivacióncontradicciónrelación laboralinmovilizacióntestimoniosnormassentencia

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