Sentencia N° 2562 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de diciembre de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 2562, Exp. 07-497, 14/12/2007
Expediente07-497
PonenteAlfonso Valbuena Cordero
MateriaLaboral
Tipo de recursoMediacion
Fecha de la decisión2007-12-12
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia levanta un acta de mediación y conciliación en el caso entre varios demandantes y la Asociación Venezolana de Conciertos. Las partes han acordado una transacción que incluye el pago de doscientos cincuenta millones de bolívares a los demandantes, quienes han reclamado diversas prestaciones laborales. La decisión busca promover la mediación como un mecanismo adecuado para resolver disputas laborales.
Extracto de la motiva
Por cuanto los acuerdos contenidos en la anterior Acta de Mediación y Conciliación son producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes; dado que dichos acuerdos tienden a garantizar una armoniosa resolución de las controversias a que se refieren los procesos y a reestablecer el equilibrio jurídico entre las partes; en virtud de que los acuerdos alcanzados no son contrarios a Derecho, y se adaptan a los criterios jurisprudenciales que han sido establecidos por la Sala, y no contienen renuncia alguna a ningún derecho irrenunciable derivado de una relación de trabajo; y, finalmente, tomando en cuenta que los acuerdos de las partes han sido la conclusión de un proceso de Mediación y Conciliación dirigido por la propia Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, a fin de promover la Mediación y Conciliación como mecanismo adecuado y conveniente para la resolución de disputas, esta Sala, de conformidad con lo previsto en los artículos 253 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en uso de sus atribuciones legales previstas en los artículos 261 y 262 del Código de Procedimiento Civil y en el artículo 3° Parágrafo Único de la Ley Orgánica del Trabajo, decide: a.) Ordenar al Juzgado de Ejecución que resultare competente impartir la debida homologación del acuerdo alcanzado por las partes en el proceso de Mediación y Conciliación promovido por esta Sala y contenidos en la presente Acta. b.) Exhortar a las partes a cumplir de buena fe los acuerdos contenidos en la presente Acta.
Dispositiva
Ordenar al Juzgado de Ejecución que resultare competente impartir la debida homologación del acuerdo alcanzado por las partes en el proceso de Mediación y Conciliación promovido por esta Sala y contenidos en la presente Acta. Exhortar a las partes a cumplir de buena fe los acuerdos contenidos en la presente Acta.