Sentencia N° 255 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de mayo de 2013

TSJ/SCS, Sent. N° 0255, Exp. 10-1060, 09/05/2013
Expediente10-1060
PonenteOCTAVIO SISCO RICCIARDI
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2013-05-09
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 9 de mayo de 2013, declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por la demandante, revocando el fallo del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo que había declarado sin lugar la demanda. La Sala determinó que la enfermedad padecida por la actora, el Síndrome del Túnel Carpiano Bilateral, era de origen ocupacional y que la empresa demandada había incumplido con las normas de seguridad y salud laboral, lo que generó la responsabilidad objetiva del patrono. Se ordenó el pago de indemnizaciones por daño moral y por la incapacidad total y permanente de la trabajadora.

Extracto de la motiva

La contradicción se produce cuando los motivos se destruyen los unos a los otros generando una situación equiparable a la falta absoluta de fundamentos. En armonía con el criterio expuesto, la inmotivación por contradicción en los motivos, surge en el fallo al configurarse una situación adversa, en la cual el sentenciador da por cierto un hecho, y posteriormente asevera una cuestión totalmente diferente, produciendo en consecuencia una mutua aniquilación de los argumentos que sustentan el fallo, teniendo a los mismos como inexistentes. En este sentido, dado que el thema decidendum en el caso sub examine está circunscrito a determinar la naturaleza de la enfermedad padecida por la actora, así como la responsabilidad objetiva de la empresa accionada, corresponde al actor demostrar el nexo de causalidad entre la enfermedad padecida y el servicio prestado, para estimar las indemnizaciones que correspondan.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la representación judicial de la parte demandante, contra el fallo emitido por el Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 23 de junio de 2010; SEGUNDO: ANULA el fallo recurrido; TERCERO: PARCIALMENTE con lugar la demanda, en consecuencia, condena a la empresa CRIADORES AVÍCOLAS DEL ZULIA, C.A. (CRIAZUCA), pagar los siguientes conceptos a la trabajadora: la cantidad de sesenta y siete mil cuatrocientos ocho bolívares con cuatro céntimos (Bs. 67.408,4), por indemnización según numeral 3, del artículo 130 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo; setenta mil bolívares (Bs. 70.000), por daño moral, así como los montos que arroje la experticia complementaria del fallo.

Palabras clave

enfermedad ocupacionalindemnizaciónresponsabilidad objetivacasación laboral

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