Sentencia N° 2547 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de diciembre de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 2547, Exp. 07-1936, 14/12/2007
Expediente07-1936
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2007-12-14
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 14 de diciembre de 2007, declaró inadmisible el recurso de control de legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Tercero Superior del Trabajo. La decisión se fundamenta en el análisis de los argumentos presentados por la parte recurrente, quienes alegaron diversas infracciones a la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y al Código de Procedimiento Civil, pero la Sala concluyó que no se evidenció violación de normas de orden público ni de la doctrina jurisprudencial establecida por la Sala.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público y/o la reiterada doctrina de esta Sala, ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de publicación de la sentencia sujeta a revisión, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En ese orden, verificado el cumplimiento de los requisitos técnicos- formales exigidos ut supra, pasa esta Sala de Casación Social a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad, y al respecto observa: En el caso concreto, delata la impugnante que el juzgador de alzada infringe lo establecido en los artículos 159 y 160 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 243, ordinal 4° del Código de Procedimiento Civil, 'toda vez que sólo se limitó a fundar sus razones de manera descontextualizada, sobre la base de unos motivos contenidos en una sentencia que ya había pronunciado con anterioridad y en una causa distinta', sin analizar y establecer los motivos de la decisión con arreglo a las defensas opuestas y a las pruebas traídas al expediente.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte accionada contra la sentencia de fecha 1° de agosto de 2007, proferida por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
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