Sentencia N° 2546 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de diciembre de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 2546, Exp. 07-1556, 14/12/2007
Expediente07-1556
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2007-12-14
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 14 de diciembre de 2007, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la ciudadana Adelaide Vanga Arvelo, quien cuestionaba la decisión del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de Zulia que había declarado sin lugar su apelación. La Sala argumentó que la decisión impugnada se ajustaba a derecho y no se evidenciaba violación de normas de orden público ni de la doctrina jurisprudencial establecida por la Sala.
Extracto de la motiva
La sentencia recurrida al declarar sin lugar la apelación, y por vía de consecuencia declarar perimida la instancia, declarando terminado este juicio, lo hizo al considerar que: ‘que luego del 24-11-03 no existe ningún impulso procesal, lo cual evidencia un desinterés por parte del actor en continuar el proceso,… (sic)’. En el caso que nos ocupa mi mandante realizó en tiempo oportuno todas las actuaciones necesarias y a su alcance para impulsar la presente causa, por ello, tal decisión viola expresamente los artículos 26, 49, 89.3, 93, 254, 257 y 335 de la Constitución Nacional. Además, viola los artículos 5, 6, 8, 9 y 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y los artículos 5 y 59 de la Ley Orgánica del Trabajo y el artículo 94 del LOPGR, (sic) así como, reiterada doctrina jurisprudencial de la Sala Constitucional y Social (…). (Omissis) (…) conforme a los autos referidos y por mandato del artículo 94 de la LOPGR (sic) la norma transcrita, es obvio, que se establece la obligación por parte de los funcionarios judiciales, no del demandante, de notificar al Procurador General de la República, acompañando copias certificadas de todo lo que sea conducente, en los casos que la Ley lo indica, siendo esta una carga del juez como director del proceso, la cual debe realizarse previo al inicio de la sustanciación del juicio, por ser esta una prerrogativa de la República, carga que no puede ser transferida al actor conforme al artículo 15 de (sic) Código de Procedimiento Civil (…)
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora, contra la sentencia emanada del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 10 de abril de 2006. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada.
Palabras clave
control de la legalidadperenciónnotificaciónderechos laboralessentenciaapelaciónjuzgado superiortrabajo