Sentencia N° 238 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de mayo de 2013

TSJ/SCS, Sent. N° 0238, Exp. 11-661, 08/05/2013
Expediente11-661
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2013-05-08
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia del 8 de mayo de 2013, declara con lugar el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del 16 de febrero de 2011, que había declarado parcialmente con lugar la demanda de cobro de diferencias de prestaciones sociales y ajuste de pensión de jubilación. La Sala concluye que la acción estaba prescrita, ya que los demandantes no interrumpieron el lapso de prescripción correspondiente a sus reclamaciones. Además, se establece que la defensa de falta de cualidad de la cónyuge del ciudadano fallecido fue procedente, lo que llevó a la anulación del fallo apelado.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la defensa de prescripción fue opuesta de forma oportuna, pero la juez de alzada la tuvo como no planteada por considerarla escueta y ambigua. Sin embargo, la Sala concluye que la juez debió examinar la procedencia de la prescripción, ya que la parte demandada había aportado datos suficientes para ello. Se establece que la falta de examen de la prescripción por parte de la juez ad quem tuvo incidencia en el dispositivo del fallo, lo que justifica la declaración de con lugar del recurso de control de la legalidad. La Sala también señala que la prescripción no es de orden público y debe ser alegada por la parte interesada, y que la juez debió considerar los hechos alegados por la parte demandada en su defensa.

Dispositiva

1°) CON LUGAR el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia del 16 de febrero de 2011, emanada del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia; 2°) ANULA el fallo recurrido; 3°) la FALTA DE CUALIDAD de la ciudadana Onelia Puchi de Acosta, viuda del ciudadano Gilberto Antonio Acosta Luzardo; y 4°) SIN LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos Juan Ramón Bracho Gómez, Jesús Ángel Quiva Mosquera, Luis Ángel Mujica Espina, Manuel Tomás Mujica Espina, Ángel Ramiro Valbuena Oquendo, Pablo Antonio Espina Parra, Hernán De Jesús Rodríguez Nava, Ángel Rafael Bracho, José Ignacio Brito Salas, Ramón Darío Medina, Manuel Díaz Bohórquez, José Domingo Romero, Jairo Antonio Paz Ortega, Ángel Ramón Guerra, Wilson Véliz, Nelson De Jesús Medina Molero y Tubalcaín Valbuena Portillo, contra el Instituto Nacional de Canalizaciones, en virtud de la prescripción de la acción.

Palabras clave

prescripcióncobro de prestaciones socialesacción laboral

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