Sentencia N° 237 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de mayo de 2013

TSJ/SCS, Sent. N° 0237, Exp. 11-645, 08/05/2013
Expediente11-645
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2013-05-08
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, en el contexto de un litigio laboral. La sentencia de alzada había declarado con lugar el recurso de apelación de la parte demandante, revocando un fallo anterior que había declarado sin lugar la acción. La recurrente alegó infracciones a la Ley Orgánica del Trabajo y al debido proceso, argumentando que la relación entre las partes era de naturaleza civil y no laboral. La Sala, tras analizar las pruebas y testimonios, concluyó que la relación era efectivamente laboral, dado que el demandante actuaba bajo subordinación y supervisión, recibiendo una contraprestación económica que se asemejaba a un salario. Se destacó que la demandada no logró desvirtuar la presunción de laboralidad, y que el juez de la recurrida había incurrido en errores al valorar las pruebas. Finalmente, se declaró sin lugar el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, confirmando la decisión del juzgado superior. La sentencia reafirma la importancia de valorar adecuadamente las pruebas en el contexto de las relaciones laborales, así como el respeto al derecho a la defensa y al debido proceso, elementos fundamentales en la administración de justicia laboral.

Extracto de la motiva

La recurrente acusa el supuesto de infracción del Artículo 65 de la Ley Orgánica del Trabajo, al considerar la recurrida una prestación de servicios de carácter civil como laboral, y apartarse de los parámetros establecidos en la reiterada doctrina de esta Sala sobre el test de laboralidad, subvirtiendo todos y cada uno de ellos, llegando al extremo de tergiversarlo, dada la cualidad de contratista del actor, evidenciada por su declaración de parte, la utilización de sus propios trabajadores, autonomía en la prestación del servicio y no sujeción a horario de trabajo; comprobadas estas circunstancias con la declaración de varios testigos, amén de ello por la alta compensación económica percibida por el actor, sin parangón dentro de los más altos cargos de la empresa. Delata igualmente la infracción de su derecho a la defensa y al debido proceso y la desaplicación del Artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, por no sujetarse la recurrida a lo alegado y probado en autos, valorando parcialmente las pruebas testimoniales y desnaturalizando la declaración de parte. Ahora bien, la alzada, luego del estudio exhaustivo de los autos, alegatos y defensas de las partes, así como del análisis de los elementos que componen una relación de naturaleza laboral, tomando como referencia la jurisprudencia de esta Sala, concluye de manera soberana que dicha presunción no resulta desvirtuada, por lo cual determina que la relación discutida está enmarcada en el campo del Derecho del Trabajo. En tal sentido, la Sala reproduce pasajes de la recurrida a este respecto: TEST DE LABORALIDAD A.- FORMA DE DETERMINAR EL TRABAJO: (…) no es un hecho controvertido que la parte actora prestara servicios a la demandada, lo es sin embargo, que el mismo se realizara por cuenta y dependencia de la accionada. De la declaración de parte tomada por el juez a-quo al actor, sumado al hecho de que no consta en autos algún contrato de trabajo realizado por escrito, se tiene que la contratación fue verbal, para una obra determinada consistente en la nueva sede de la empresa demandada, cumpliendo funciones intuito persona, puesto que en el caso in commento, se trató de una actividad personal del demandante ejerciendo su profesión de ingeniero civil, como “fiscalizador de las obras de construcción, remodelación, y ampliación de la nueva sede de la empresa”.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra la decisión proferida por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 5 de abril de 2011. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra señalada. Particípese de la presente remisión al Juzgado Superior de origen, de conformidad con el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

laboralcontrol de la legalidadsubordinaciónderecho a la defensadue process

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca