Sentencia N° 236 — Sala de Casación Social del TSJ, 18 de marzo de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 0236, Exp. 12-1149, 18/03/2016
Expediente12-1149
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-03-18
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 18 de marzo de 2016, declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, anulando la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo. La decisión se fundamenta en la falta de motivación del fallo recurrido, que no consideró adecuadamente las horas extras y su impacto en el cálculo de utilidades y prestaciones sociales del demandante, José Luis García Pérez, quien alegó discriminación salarial y falta de disfrute de vacaciones. La Sala ordenó la realización de experticias para determinar las diferencias salariales y el pago de indemnizaciones correspondientes.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Social ha establecido que el vicio de inmotivación se configura de distintas maneras, a saber: i) la falta de motivación, que ocurre cuando no se expresa motivo alguno, es decir, cuando la sentencia no contiene materialmente ningún razonamiento de hecho ni de derecho en que pueda sustentarse el dispositivo, de modo que la motivación exigua, breve, lacónica, no se traduce en inmotivación pues en tal supuesto la Sala podrá controlar la legalidad de la decisión tanto en el establecimiento de los hechos como en la aplicación del derecho; ii) la contradicción en los motivos, que se verifica cuando las razones del fallo se destruyen entre sí; iii) el error en los motivos, no se refiere a que los motivos sean errados o equivocados sino cuando los motivos expresados no guardan ninguna relación con la pretensión deducida y con las excepciones o defensas opuestas, caso en el cual los motivos aducidos, a causa de su manifiesta incongruencia con los términos en que quedó circunscrita la controversia, deben ser tenidos como jurídicamente inexistentes y; iv) la falsedad o manifiesta ilogicidad de la motivación, que existe cuando los motivos son tan vagos, generales, inocuos o absurdos que se desconoce el criterio jurídico que observó el juez para dictar su decisión.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación ejercido por la parte demandada contra la sentencia de fecha 10 de mayo de 2012, emanada del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, SEGUNDO: se ANULA la sentencia recurrida, TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.

Palabras clave

inmotivaciónhoras extrasutilidadessalario integralLey Orgánica del Trabajoconvención colectivaBanco de Venezuelajusticia laboral

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