Sentencia N° 2356 — Sala de Casación Social del TSJ, 20 de noviembre de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 2356, Exp. 07-493, 20/11/2007
Expediente07-493
PonenteLuis Eduardo Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2007-11-20
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por los demandantes, quienes buscaban impugnar una decisión del Juzgado Segundo Superior del Trabajo. La Sala analizó los argumentos presentados por la parte recurrente, que alegaba violaciones a principios de orden público laboral y derechos de los trabajadores, así como la falta de aplicación de normas constitucionales y legales relacionadas con la seguridad social y la jubilación.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público y/o resulten contrarias a la reiterada doctrina de esta Sala, ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que sea publicada la sentencia sujeta a revisión, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En ese orden, verificado el cumplimiento de los requisitos técnicos-formales exigidos ut supra, pasa esta Sala de Casación Social a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad, y al respecto observa: En el presente caso, expone la parte impugnante que la sentencia recurrida vulnera los principios de orden público laboral previstos en los artículos 59 de la Ley Orgánica del Trabajo y 5 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, de los cuales se desprende que los jueces “no deben perder de vista” la irrenunciabilidad de derechos y beneficios acordados por leyes especiales a favor de los trabajadores, y que si hubiere duda en la aplicación de varias normas vigentes o en la interpretación de una determinada norma, se aplicará la más favorable al trabajador.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social (Accidental), administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia de fecha 6 de febrero de 2007, emanada del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
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